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Sección: Ayudas a la innovación
Añadida el 21-12-2011. Id nº 19

Objeto
Aumentar el valor añadido generado por las empresas agroalimentarias a través de la innovación en los productos, procesos y tecnologías, la mejora de la calidad y el rendimiento de las producciones, la mejora de la comercialización y el incremento de la competitividad de los productos en el mercado.
Beneficiarios
Beneficiarios y requisitos:

1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden las personas físicas o jurídicas que transformen y/o comercialicen productos agrícolas en establecimientos radicados en Castilla-La Mancha inscritos o, en el caso de tratarse de nuevas instalaciones, que se inscriban en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables y sean titulares de:

a) Microempresas, pequeñas y medianas empresas.

b) Grandes empresas con menos de 750 empleados o un volumen de negocio anual inferior a 200 millones de euros.

2. No se concederán ayudas a empresas en crisis.

3. Quedan excluidos de la condición de beneficiarios:

a) Las sociedades civiles, comunidades de bienes y agrupaciones de personas que carezcan de personalidad jurídica.

b) Las personas físicas o jurídicas en las que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.

c) Las personas físicas o jurídicas que no acrediten lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 74 de la Ley 9/2006, de 21 de diciembre de 2006, de modificación del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

d) Los explotadores de parcelas de viñedo consideradas ilegales según la Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha. Tampoco podrá ser beneficiario si su cónyuge, los familiares hasta primer grado a su cargo y las entidades en las que tanto el beneficiario como éstos participen son explotadores de parcelas de viñedo consideradas ilegales según la Ley citada. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, todos los socios o partícipes, que de forma individual o conjuntamente con su cónyuge y los familiares hasta primer grado a su cargo, de manera directa o indirecta, posean al menos el 5% del capital, deberán cumplir también los requisitos reseñados en este apartado.

4. Los beneficiarios deberán acreditar, mediante declaración responsable efectuada al efecto, que disponen de un plan de prevención de riesgos laborales y que no han sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención. La citada acreditación será realizada mediante la presentación, ante el órgano concedente de la subvención, de la declaración responsable suscrita por el empresario o representante legal de la empresa o entidad solicitante de la subvención.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el día 22 de diciembre y finalizará el 31 de diciembre del año 2011, debiendo acompañar a las mismas la documentación que se relaciona en el artículo 10 de las bases reguladoras. En el caso de las solicitudes presentadas a partir del día siguiente a la finalización del plazo correspondiente a la convocatoria del año 2010 y hasta la apertura de este nuevo plazo, los interesados deberán ratificar la citada solicitud de acuerdo con el Anexo III de la Resolución.

Desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda de la presente convocatoria y hasta la fecha de inicio del citado plazo de la siguiente, podrán presentarse solicitudes de ayuda con el único objeto de que pueda realizarse la visita de comprobación de no inicio de los trabajos de la inversión objeto de ayuda.
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Sección: Otras ayudas
Añadida el 13-09-2011. Id nº 18

Objeto
Favorecer la competitividad de las empresas de los sectores estratégicos industriales, definidas en el apartado quinto de la Orden ITC/2366/2011, en el periodo 2012-2015, y de manera específica en los siguientes aspectos:

a) Incremento del valor añadido de productos y servicios, orientados a la producción limpia.
b) Aumento de la eficiencia y sostenibilidad de los procesos de producción.
c) Reorientación de la producción hacia productos más sostenibles que mejoren la eficiencia energética y su impacto ambiental a lo largo del ciclo de vida.
d) Establecimiento de actuaciones dirigidas a preservar el empleo y las condiciones de trabajo y mejorar la capacitación técnica de los recursos humanos.
e) Implantación de estrategias de producción y procesos organizativos avanzados.
Beneficiarios
Entidades que reúnan la condición de beneficiario (apartado quinto de la Orden ITC/2366/2011) y que pertenezcan a alguno de los siguientes sectores estratégicos industriales:

- Sector de bienes de equipo (eléctrico-electrónico, telecomunicaciones, mecánico, etc,…)
- Sector químico y farmacéutico.
- Sector metalúrgico y siderúrgico.
- Fabricación de productos metálicos y fabricación de otros productos minerales no metálicos.
- Sector ferroviario.
- Sector de automoción.
- Sector aeroespacial.

Podrán solicitar estas ayudas empresas, centros técnicos y agrupaciones de interés económico.
Plazo de solicitud
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio publicará las convocatorias de ayuda para cada anualidad, estableciendo el plazo de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días contados desde el día de la entrada en vigor de la norma por la que se efectúe la convocatoria, salvo que en ésta se determine otro plazo de presentación.

Una vez convocadas las ayudas y si las circunstancias lo aconsejan, la Secretaría General de Industria podrá ampliar dicho plazo mediante resolución.
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Ver ayuda Plan de Continuidad Empresarial (Compraventa de empresas)
Convoca: Este programa ha sido puesto en marcha por la Dirección General de Política de la PYME (DGPYME) en colaboración con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación y 40 Cámaras españolas.
Sección: Otras ayudas
Añadida el 13-09-2011. Id nº 17

Objeto
Crear un mercado más eficaz para la transmisión de empresas, ofreciendo servicios de apoyo a la compraventa de empresas
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas que deseen transmitir su actividad y personas emprendedoras que deseen iniciar una actividad económica en el mundo empresarial a través de una empresa consolidada.
Plazo de solicitud
-
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Sección: Premios y concursos
Añadida el 08/09/2011. Id nº 16

Objeto
Premiar la mejor iniciativa emprendedor.
Beneficiarios
Empresarios con proyectos innovadores para la creación de una empresa.
Plazo de solicitud
Hasta el 15 de Octubre de 2011.
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Clipe Ayto. Almadén - Pol. Ind. “Pozo de las Nieves”
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